CAÑIZARES LASO, ANA
El fallecimiento de una persona determina la apertura de la sucesión mortis causa, lo que implica que las relaciones jurídicas transmisibles de las que era titular el fallecido se conviertan en herencia. A la compleja ordenación de la sucesión mortis causa, en general, se une en algunas ocasiones el hecho de que el fallecido sea un empresario, con lo que se añade el problema de la sucesión de la empresa. El Derecho de sucesiones que rige la ordenación para después de la muerte, también de los empresarios, provoca algunas dificultades en nuestro Derecho común caracterizado por un fuerte sistema de legítimas, cuando se trata de la sucesión de una empresa, entiéndase empresario individual o empresa familiar.