CARLON RUIZ, MATILDE
Cuando han pasado veinticinco años desde la entrada en vigor de la Ley de Costas, el cuestionamiento que de su alcance -que no de su planteamiento de principio- ha supuesto la reciente aprobación de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de aquélla, obliga a hacer balance de la virtualidad que este instrumento legal haya podido tener para afrontar su objetivo confesado de reaccionar frente al que califica de «urbanismo nocivo». Un simple paseo por el litoral es, por sí mismo, elocuente del fracaso en la puesta en práctica de una ley que construyó un modelo de protección del litoral en clave estatal que, por definición, requiere una delicada articulación con las competencias autonómicas y locales en materia de ordenación del territorio y urbanismo, tal y como puso de manifiesto tempranamente el Tribunal Constitucional en sus SSTC 149 y 198/1991. A estudiar las claves de esta difícil articulación entre ordenamientos se dedica el presente estudio. Para ello, aun asumiendo como perspectiva la legislación sectorial de costas, no se obvia el análisis de las legislaciones urbanísticas autonómicas y los instrumentos aprobados por las distintas Comunidades para la ordenación de su litoral, siempre a la luz de la abundante jurisprudencia en la materia, todo lo cual permite ofrecer una visión completa -tanto teórica como práctica- de las peculiaridades de la ordenación territorial y urbanística de las costas. Y ello de forma más minuciosa en la mal llamada servidumbre de protección de costas, en la que se evidencian, con especial intensidad, la pluralidad de intereses, públicos y privados, en presencia en una cuestión que, precisamente por su carácter polémico, requiere un análisis cuidadoso y matizado como el que la presente obra ofrece.