CEDEÑO HERNAN, MARINA
La Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, llevó a cabo una transformación integral de los procesos de exacción de derechos económicos de procuradores y abogados, regulados en los artículos 34 y 35 de la LEC. Muchas de las funciones que hasta entonces se encomendaban a los jueces y magistrados pasaron a manos del letrado de la Administración de Justicia. Esta nueva configuración de los conocidos como procesos de "cuenta y minuta jurada" ha planteado serias dudas de compatibilidad con la Constitución Española. En este sentido, la STC 34/2019, de 14 de marzo, ha declarado la inconstitucionalidad de estas normas en lo que se refiere a la exclusión de recurso frente al decreto que resuelve sobre la oposición del deudor. No menos relevante es la jurisprudencia del TJUE sobre la protección de los consumidores frente a cláusulas abusivas. Como consecuencia de las múltiples cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales nacionales, el TJUE, en su condición de valedor del principio de primacía del Derecho de la Unión, ha venido apreciando ciertas deficiencias en la regulación procesal española en relación con la protección que merecen los consumidores. Estas deficiencias resultan patentes en los procesos de exacción de derechos económicos de procuradores y abogados